Parra Dussan, CarlosRodríguez, Gloria Amparo2022-04-202022-04-202004https://repositorio.minciencias.gov.co/handle/20.500.14143/41485Desde 1976 el Ministerio de Educación Nacional ha venido adoptando medidas para la educación de los grupos étnicos del país, como parte la política educativa del Estado, lográndose así el desarrollo de un marco normativo importante, entendido como orientaciones generales para el diseño y ejecución de los proyectos educativos en las comunidades étnicas Sin embargo, las dinámicas actuales en los niveles global y nacional evidencian la necesidad de dar un paso adelante en la construcción de auténticas sociedades pluralistas y democráticas, donde el reconocimiento y el respeto por la diferencia constituyan la base del entendimiento entre los individuos, los grupos y las naciones. En este sentido la Constitución Política de 1991 consagró diversos principios y fundamentos que definen a Colombia como una nación pluralista. Así, en su artículo 7 se establece que "el Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana" y en su artículo 13 consagra el derecho a la igualdad: "Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados."297 páginasapplication/pdfspaCatedra viva intercultural : vivencia de las comunidades étnicas colombianas.Informe de investigacióninfo:eu-repo/semantics/openAccessAtribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA 4.0)